INT. NEUQUINO
27 de julio de 2023
Protesta Mapuche: Juez Ordena Suspensión Minera

Fallo histórico: comunidades mapuches desafían gobierno de Río Negro en lucha por detener actividad minera en sus tierras. #mediosneuquen
Resolución Judicial: Un Desafío al Gobierno de Río Negro
En un hecho significativo, el juez de El Bolsón, Marcelo Muscillo, ha dado lugar a un amparo colectivo presentado por siete comunidades mapuches que solicitan el cese de toda actividad minera en sus territorios, lo que representa un desafío directo al gobierno de Río Negro.
Este amparo fue impulsado por la Coordinadora del Parlamento Mapuche de Río Negro y diversas comunidades indígenas, incluyendo Ancalao, Mariano Solo, Lofche Pulam Lafken, Amulen Che, Newen Ñuke Mapu, Pilquiniyeu del Limay, Ragiñ Plang Curra Meu, y el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas. En su presentación, los demandantes argumentaron una "afectación de las comunidades" en sus territorios debido a las actividades mineras.
El juez ha ordenado a la provincia de Río Negro que implemente un mecanismo de consulta con las comunidades originarias para obtener su consentimiento libre, previo e informado en relación con los proyectos mineros en sus tierras. Mientras tanto, se ha dispuesto la prohibición de avanzar con cualquier exploración, prospección, cateo o explotación.
La relevancia de este fallo se basa en precedentes judiciales anteriores, incluida una resolución de la Corte Suprema de Justicia del 8 de abril de 2021, que hizo lugar a un reclamo similar de comunidades originarias en la zona de Villa Pehuenia. Dicho reclamo cuestionaba la creación de un nuevo municipio en la región sin haber realizado la consulta previa.
Además, el juez mencionó un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que establece la obligación de consultar previamente a las Comunidades Originarias de Argentina en relación con cualquier decisión que afecte sus tierras.
El desafío se centra en la interpretación del momento adecuado para realizar la consulta. Mientras que la provincia de Río Negro argumentó que la consulta debe efectuarse antes de las tareas de explotación y no durante la etapa de autorización de exploración, las comunidades amparistas consideraron que las actividades en curso ya implican "afectaciones territoriales" y que la consulta debe llevarse a cabo antes de cualquier autorización, incluso para tareas preliminares.
El juez ha tomado una posición a favor de la consulta temprana, señalando que debe llevarse a cabo en la primera etapa del proyecto. Asimismo, citó la ley provincial 3266 de Evaluación de Impacto Ambiental, que establece la exigencia de la consulta libre e informada antes de cualquier autorización, sin diferenciar entre autorizaciones de exploración o explotación.
La resolución judicial representa un desafío importante al gobierno de Río Negro en materia de consulta previa a las comunidades mapuches. La relevancia de este fallo radica en el reconocimiento de los derechos de las comunidades indígenas y en el llamado a un proceso de consulta transparente y justo, que podría tener implicaciones significativas para el desarrollo de proyectos mineros en la región.
Fuente: Minería & Desarrollo